Inicialmente el plazo era hasta el 31 de julio de 2019. Ahora, se extendió hasta el 16 de septiembre.
El Régimen Simple, creado con la Ley 1943 de 2018, creado a partir del 1 de enero de 2019. Esta ley establecía entre otros la unificación de hasta 6 impuestos para que las personas registradas en el RUT. El propósito de esto es reducir las cargas formales y sustanciales, impulsar la formalidad y, en general, simplificar y facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria de los contribuyentes que voluntariamente se acojan. Esta ley establecía que hasta el 31 de julio, las personas podían acogerse.
Pero el 13 de agosto, se expidió el decreto 1468 en donde se establece entre otros, una nueva fecha para que las personas se acojan al régimen. Esta fecha es una nueva oportunidad para que personas naturales y jurídicas puedan verse beneficiados y solo realicen un pago anual de hasta 6 impuestos.
En este decreto se estipula que, el periodo gravable del Simple es el mismo año calendario o el del inicio de las actividades de los contribuyentes. Adicional, los contribuyentes deberán pagar cada bimestre el anticipo a titulo de este impuesto. Los vencimientos del anticipo bimestral para este año serán:
| Periodo Gravable | Vencimiento |
| Enero-febrero de 2019 | 23 de septiembre de 2019 |
| Marzo-abril de 2019 | 23 de septiembre de 2019 |
| Mayo-junio de 2019 | 23 de septiembre de 2019 |
| Julio-agosto de 2019 | 23 de septiembre de 2019 |
| Septiembre-octubre de 2019 | 18 de noviembre de 2019 |
| Noviembre-diciembre de 2019 | 1 de enero de 2020 |
Si quieres acogerte al beneficio del Régimen Simple, quieres conocer las condiciones y requisitos para realizarlo, puedes comunicarte con nosotros. Te asesoramos y acompañamos en el proceso.
About the author